Recupera los recursos de la AFORE de un familiar fallecido

AFORE

La muerte de un familiar no solo es lamentable, también se generan bastantes asuntos a resolver, uno de ellos es el recuperar los recursos de su Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE), los cuales según la comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), son heredados a sus beneficiarios, siempre y cuando el fallecido haya sido un trabajador titular con una cuenta AFORE individual.

Tipos de beneficiarios

Los beneficiarios pueden clasificarse en dos, los legales y los sustitutos; los legales, según la Ley del Seguro Social son la viuda, el viudo si dependió económicamente del trabajador; los hijos menores de 16 años o mayores que no pueden mantenerse con su propio trabajo, o si se encuentran estudiando, siempre y cuando no estén casados; los padres, si vivían en el hogar del trabajador y a falta de conyugue, la concubina, o el concubinario. Por otro lado, los sustitutos, aplican a falta de los legales, que aunque estos no tienen derecho a una pensión, sí pueden disponer de los recursos de la cuenta Afore.

Si por alguna razón el familiar fallecido no tenga designados a los beneficiarios, la Ley Federal del Trabajo definirá un orden de preferencia, para determinar a la persona o personas beneficiadas.

Documentación solicitada

La CONSAR señaló que los recursos que se entregan serán dependiendo del régimen bajo el que se haya estado ahorrando. Para poder solicitar estos recursos se debe acudir a la Afore del familiar con los siguientes documentos:

  • Identificación oficial del solicitante y del titular de la Afore.
  • Documento con el número de seguridad social y RFC del fallecido.
  • Acta de nacimiento y CURP de ambos.
  • Certificado de defunción del propietario.
  • Comprobante de domicilio reciente.
  • Estado de cuenta, consulta, resumen o certificación de saldos o contrato de administración de fondos para el retiro firmado con la Afore del occiso.
  • Estado de cuenta bancario a nombre del beneficiario con número de CLABE.

La CONSAR precisa que pueden ser solicitados otros documentos específicos según el tipo de beneficiario, por lo que recomienda establecer una comunicación clara con la institución.

Procedimiento de cobro

En caso de ser un beneficiario legal y una vez presentados todos los documentos solicitados, para el proceso de cobro a la AFORE, se tendrá que acudir a la Subdelegación del IMSS para que ahí se emita la resolución de los beneficios correspondientes.

Si se trata de un beneficiario sustituto se deberá acudir a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, donde se le designará como beneficiario o en caso de una respuesta negativa, se podrá acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo para recibir asesoría jurídica gratuita. Una vez designado como beneficiario, este se tendrá que presentar en la Afore en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido con los documentos antes mencionados, se tendrá también que llenar el formato de Disposición de Recursos que le será proporcionado. De esta forma, una vez procesada la solicitud, la AFORE pondrá a disposición del beneficiario los recursos correspondientes.