SCJN despenaliza el aborto por violación

«SCJN despenaliza el aborto por violación»

La SCJN enfatizó que esto será aplicable si se realiza la interrupción del embarazo durante los primeros 90 días de gestación.

Esto fue a raíz de que se resolvió un amparo promovido por los representantes legales de una menor de edad, en Chiapas, con parálisis cerebral y que fue víctima de violación.

A la menor se le negó practicarle un aborto en octubre de 2018 en el Hospital General de Tapachula.

Finalmente, sí se le practicó el aborto a la menor de edad, sin embargo, la negativa inicial fue razón suficiente para promover el juicio de amparo que llegó hasta el máximo tribunal del país.

Además, la SCJN ordenó diversas medidas para la reparación y compensaciones por daño moral a la víctima, estas medidas las definirá el Consejo Ejecutiva de Atención a Víctimas.

Los códigos penales que establecen límites temporales al aborto en casos de violación son, con 90 días, Chiapas, Veracruz, Baja California, Quintana Roo, Chihuahua, Hidalgo y Colima.

Mientras que en Michoacán y Coahuila se marca un plazo de 12 semanas, es decir 84 días.