La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó invalidar la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa para los delitos de contrabando, defraudación fiscal y uso de facturas falsas.
Durante la sesión pública que se llevó a cabo el día lunes, el pleno del máximo tribunal del país, por mayoría de votos, dio la razón a la Comisión Nacional de Derechos Humanos y a un grupo de senadores de oposición, quienes impugnaron las modificaciones realizadas en noviembre de 2019 a las leyes de Seguridad Nacional, Federal Contra la Delincuencia Organizada y a los códigos Nacional de Procedimientos Penales y al Fiscal de la Federación.
Entre otras puntos, dichas reformas tipificaron como delincuencia organizada la expedición de facturas falsas por un monto superior a los 7 millones 800 mil pesos.
En su intervención, el ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, consideró que la prisión preventiva oficiosa viola derechos humanos, pues aseguró que es “inconvencional”.
El también presidente del Consejo de la Judicatura Federal rechazó la ampliación de delitos que ameritan dicha medida cautelar, aun cuando se considere que ponen en peligro la seguridad nacional.
“No se puede estar ampliando simplemente el catálogo de delitos que merecen prisión preventiva oficiosa. No se trata de no acatar la Constitución sino de tomarnos en serio los derechos humanos que son parte del artículo primero constitucional.
“La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que ni las características o apariencia del sujeto ni la gravedad del delito que se le imputa son suficientes para una prisión preventiva. El peligro procesal no puede presumirse. Tiene que justificarse”, enfatizó.
Arturo Saldivar, ministro Presidente de la SCJN