No podrán salir del país, padres deudores de pensión alimenticia

El pleno del Senado de la República aprobó por unanimidad una reforma a la Ley de Migración que impedirá la salida del país a los ciudadanos que adeuden el pago de la pensión alimenticia.

La restricción para salir del país será válida hasta que se cubra el total del adeudo.

Cuando se trate de ciudadanos extranjeros, el Instituto Nacional de Migración (INM) definirá su situación migratoria y resolverá con base en lo que se establezca en otros ordenamientos.

En el dictamen se advierte que el tránsito de las personas no es un derecho absoluto, se encuentra limitado por mandato judicial o la aplicación de leyes de cada país, de conformidad con el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

En el documento los legisladores destacan que el artículo 4º de la Constitución establece el derecho de las niñas y niños a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento, así como la obligación de sus ascendientes, tutores  o de quienes ejerzan su custodia de preservar estos derechos.

El dictamen explica que como derecho proporcional al tránsito, está el derecho de las niñas, niños y adolescentes a la protección y el cuidado necesario para su bienestar.

También establece la obligación del Estado de garantizar el cumplimento de estas garantías a los niños.